

Una reforma aprobada por el Congreso colombiano modifica profundamente el panorama electoral de cara a las presidenciales de 2026. Una nueva ley, que solo espera la firma del presidente Gustavo Petro para entrar en vigor, restringe la realización y publicación de encuestas de intención de voto hasta tres meses antes del inicio del proceso de inscripción de candidaturas. Es decir, quedarán suspendidas hasta el 31 de octubre de 2025.
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El proyecto, respaldado por congresistas de diferentes fuerzas políticas, introduce por primera vez una veda extendida sobre este tipo de sondeos. De acuerdo con el artículo 5, las encuestas solo podrán realizarse “a partir de los tres meses anteriores del primer día de inscripciones de candidatos”.
Un consenso político sin consulta técnica
Aunque la iniciativa fue presentada como un “acuerdo nacional”, generó sorpresa en las principales firmas encuestadoras del país, quienes aseguran no haber sido consultadas durante el trámite legislativo. “No puede ser”, dijo César Caballero, de Cifras y Conceptos. “Nadie nos consultó”, añadió Pablo Lemoine, del Centro Nacional de Consultoría.
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Los expertos del sector advierten que esta medida limita el acceso de la ciudadanía a información científica sobre el clima político. “La gente no podrá expresarse a través de un método científico comprobado, que si es contratado y publicado por un medio de comunicación de alcance nacional, le permite a la población saber hacia dónde van las preferencias”, advirtió Martín Orozco, gerente de Invamer.
Cambios en la metodología y controles más estrictos
La nueva ley también exige que las encuestas de carácter nacional incluyan obligatoriamente a habitantes de municipios con más de 800 mil personas, como Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Soacha, Cartagena y Cúcuta, además de poblaciones representativas de todas las regiones.
Las mediciones sobre reconocimiento y favorabilidad deberán incorporar a personas con “notoriedad pública significativa” o “reconocimiento manifiesto”, aunque la norma no especifica quién define esos criterios. “¿Cómo sabes quién tiene favorabilidad manifiesta antes de hacer una encuesta de favorabilidad?”, cuestionó Orozco.
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Además, las encuestadoras tendrán que responder civil y penalmente por el incumplimiento de normas estadísticas y entregar la base de datos de cada estudio al Consejo Nacional Electoral, aunque preservando el anonimato de los encuestados.
Nueva comisión para vigilar encuestas
Como parte del nuevo marco legal, se crea una Comisión Técnica dentro del Consejo Nacional Electoral, conformada por académicos expertos en estadística. Este órgano será responsable de auditar y evaluar la calidad metodológica de las encuestas políticas.
El proyecto, que fue radicado en octubre de 2024, pasó sin mayores tropiezos por el Legislativo. Entre sus promotoras se encuentran Angélica Lozano (Alianza Verde), Clara López (Pacto Histórico) y Paloma Valencia (Centro Democrático), lo que evidenció una inusual alianza multipartidista.
Para Lozano, el texto legislativo no es nuevo, sino una evolución de propuestas anteriores. “Este proyecto ya se ha discutido en el pasado”, recordó, haciendo alusión a intentos previos liderados por Rodrigo Lara. No obstante, la inclusión de una veda tan amplia sobre intención de voto representa un cambio sustancial que podría modificar la forma en que se construyen candidaturas y se conforman alianzas de cara a las elecciones de 2026.
 
				



